La Subdelegación del Gobierno de Valladolid impuso a un extranjero la sanción de expulsión del país con prohibición de entrada durante 3 años por haber sido condenado por la comisión de un delito de robo con violencia a un total de 2 años de privación de libertad.
El hecho de que la persona extranjera haya sido condenada por la comisión de un delito sancionado con pena privativa de libertad superior a un año, salvo el único caso, de haber sido cancelados los antecedentes penales, determina la adopción por la Administración de extranjería, y sin alternativa alguna, de la expulsión del extranjero.
La Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León de fecha 27 de julio declara la legalidad de la expulsión y la prohibición d entrada durante 3 años, no estimando vulnerada la proporcionalidad en cuanto a la extensión de la prohibición de entrada en territorio español habida cuenta la gravedad de los hechos por los que fue condenado -robo con violencia-, sin perjuicio, y a mayor abundamiento, de los antecedentes policiales por dos detenciones por malos tratos físicos en el ámbito familiar que constan en el expediente.