Una opositora sufrió un accidente de tráfico que le causó lesiones que le impidieron hacer un examen por escrito. La opositora compareció el día del examen y solicitó al Tribunal que le permitiera hacer el examen de forma oral, ya que se había roto el brazo y no podía escribir.
El Tribunal de las pruebas selectivas le denegó dicha posibilidad porque no estaba prevista en las bases y porque solicitó hacer un examen oral en lugar de haber pedido un aplazamiento del examen escrito.
El Tribunal Supremo, en su Sentencia de fecha 6 de julio de 2012, declara que la aspirante, se presentó el día señalado para el examen y de su actitud se deducía indudablemente su deseo de examinarse, y que su petición no fue debidamente interpretada por el Tribunal que le negó la posibilidad de examinarse oralmente, y no le ofreció la posibilidad de posponer el examen y realizarlo por escrito otro día.
Hemos de afirmar que la interpretación de la petición de la aspirante efectuada por la Administración es en exceso literalista.
Es cierto que la aspirante no recurrió las Bases de la Convocatoria en este particular, pero las Bases se publicaron en el mes el 17 marzo de 2005, y no se puede exigir a la aspirante una conducta distinta, pues no fue hasta el día el día 18 de mayo de 2005 cuando tuvo el accidente de tráfico, y el plazo para recurrir las Bases ya había concluido, estamos ante un supuesto de fuerza mayor totalmente imprevisible para la parte.