Tras superar los años más duros de la crisis económica, son muchos los españoles que están planteando crear una sociedad bien para poner en marcha un nuevo negocio o por cuestiones legales. Si buscas una asesoría en Sevilla o en cualquier otro lugar que te ayude con estos trámites, lo importante es tener claras las ideas que te exponemos en este artículo.
Lo primero que hay que tener claro es qué tipo de sociedad se quiere constituir, pues no es lo mismo una sociedad anónima, que requiere para su creación un capital mínimo de 60.000€ y puede entrar en bolsa, que una sociedad limitada, bien unipersonal o formada por varios socios, cuyo capital asciende solo a 3.000 euros y la responsabilidad se limita a dicha cantidad. En este último caso no es posible que la nueva empresa cotice en el mercado de valores.
A continuación vamos a explicar los pasos que debes seguir para constituir tu empresa.
Piensa un nombre original y exclusivo
Otra de las decisiones importantes es elegir el nombre de la nueva sociedad, que no debe existir ya. Para ello, hay que acudir al Registro Mercantil y solicitar un certificado negativo de denominación social, el cual permite registrar dicha denominación ante un notario en el plazo de los siguientes seis meses. Una vez transcurrido dicho periodo, ese nombre quedará libre y podrá ser utilizado por cualquier persona.
Consigue un Código de Identificación Fiscal
El siguiente paso es acudir a la Agencia Tributaria para obtener el Código de Identificación Fiscal (CIF) provisional. Para conseguirlo, tras dar de alta la empresa en el Impuesto de Actividades Económicas (IAE) a través del modelo 036, hay que facilitar copia del DNI y un documento denominado ‘acuerdo de voluntades’, que no es más que un escrito donde se refleje el nombre de los socios y la actividad de la nueva sociedad.
Muchos de estos trámites emplean a menudo un lenguaje muy técnico, por lo que es recomendable recurrir a los servicios de una asesoría que resuelva todas las dudas surjan o directamente realice todas las gestiones necesarias.
Reúne el capital necesario
Otro paso importante dentro de este proceso es acudir a una entidad bancaria para abrir una cuenta a nombre de la futura empresa. En ella habrá de depositar el capital mínimo (60.000 euros si se trata de una sociedad anónima o 3.000 si será una sociedad anónima). Tras ingresar el dinero correspondiente, hay que solicitar al banco un certificado que deberá presentarse ante notario.
Redacta las normas de la empresa
Uno de las fases más complicadas es precisamente la redacción de los estatutos que van a regular el funcionamiento interno de la empresa. Dado que debe emplear un lenguaje especializado es habitual encargar su redacción a profesionales del sector legal para evitar anomalías que retrasen el proceso.
Entre otros aspectos, los estatutos deben incluir la denominación y el objeto social o actividad de la empresa; el domicilio y capital social y el sistema de administración.
Constituye legalmente la nueva sociedad
Uno de los momentos decisivos es registrar la empresa ante un notario. Para ello, deben presentarse tanto el certificado negativo de denominación social, el documento bancario mencionado en el punto anterior y fotocopia del DNI del socio o socios fundadores. Esporádicamente pueden ser requeridos otros documentos. Tras ello, el notario procederá a la escritura de constitución, la cual tiene un coste proporcional al capital depositado (a lo que puede sumarse sus respectivos honorarios). En un plazo de menos de dos meses se debe cumplimentar el siguiente, y definitivo, paso.
Inscríbela en el Registro Mercantil
Antes de registrar e inscribir la nueva empresa en el Registro Mercantil que corresponda, es necesario liquidar el modelo 600 en la delegación tributaria de la comunidad autónoma donde se ubique la sede social. A continuación habrá que presentar en el Registro Mercantil las copias de los siguientes documentos: copia del CIF provisional, certificado negativo de la denominación social y copia de las escrituras de constitución registradas ante notario.
Conseguir el CIF definitivo
El último paso es solicitar el CIF definitivo para poder comenzar a funcionar, lo que debe realizarse en la oficina de la Agencia Tributaria más cercana.